La prohibición de la explotación de minerales antárticos: derribando los mitos sobre su duración

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2017

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Centro de Estudios Hemisféricos y Polares

Abstract

El artículo pretende abatir el mito según el cual el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente tiene una duración de cincuenta años para la prohibición de actividades relacionadas con minerales antárticos. El principal hallazgo es que el plazo de cincuenta años tiene lugar para posibilitar de manera facultativa una Conferencia de Revisión cuyos requisitos para hacer modificaciones o enmiendas al mencionado Protocolo son tan exigentes que en la práctica es difícil hacerlas, más aún cuando se trata del tema de minerales, porque éste requiere la adopción de un régimen jurídicamente obligatorio previo a la modificación o enmienda de la prohibición.
The article aims to reduce the myth that the Protocol to the Antarctic Treaty on Environmental Protection has a duration of fifty years for the prohibition of activities related to Antarctic minerals. The main finding is that the fifty-year term takes place in order to make possible a Review Conference, whose requirements for making amendments or amendments are so demanding that in practice it is difficult to do them, especially when it comes to the topic of minerals, because It requires the adoption of a legally binding regime prior to the amendment or amendment of the prohibition.

Description

Keywords

Tratados y protocolos, Tratado antártico, Protocolo de Madrid, Protocolos, Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, Protocol to the Antarctic Treaty on Environmental Protection, Antarctic treaty

Citation

Vol 8 Nº 2 (Abril-Junio, 2017), pp. 37-54

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