Continente Antártico: Importancia geopolítica para Chile y la necesidad de crear un nuevo régimen Jurídico-Territorial
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Date
2003
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Universidad Austral de Chile
Abstract
La Antártica es el cuarto continente más grande del mundo, siendo su superficie de 14.200.000 km2 y poseyendo alrededor de 23.000 km de costas. Se encuentra ubicado por debajo de la latitud 66º 30’ Sur de la zona polar austral. Sus límites verdaderos están determinados por la llamada Convergencia Antártica, una zona definida en las extremidades australes de los océanos Atlántico, Pacífico e Indico, aproximadamente entre las latitudes 48º Sur y 60º Sur. El Territorio Chileno Antártico, por su parte, se sitúa entre los 53º y 90º de longitud Oeste hasta el Polo Sur. El centro geográfico de Chile, considerando este territorio, es decir, desde el Polo hasta Visviri (al Norte de Arica), se encuentra ubicado aproximadamente cincuenta kilómetros más al Sur de Punta Arenas.
Desde la perspectiva de la geopolítica y la oceanopolítica, para nuestro país resulta esencial su proyección hacia y desde el continente antártico y ello se debe a razones de diversa índole, entre las cuales cabe destacar la necesidad de ejercer el control sobre los pasos naturales que unen el océano Atlántico con el Pacífico, es decir el Estrecho de Magallanes y el Paso de Drake, siendo éste el que une el continente sudamericano y el antártico por su parte más angosta, lo que constituye la mejor vía para el transporte marítimo y aéreo, encontrándose allí además, la mayor reserva mundial de aguas protegidas, libres de contaminación y que no obstante dicha protección circulan por aquel lugar, entre otros, buques con sustancias altamente contaminantes y que ponen en riesgo todo el ecosistema continental austral y polar.
A la luz del Derecho Internacional se plantean diversas teorías respecto de la adquisición de competencias territoriales, sin embargo se discute si estas son o no aplicables a la realidad antártica. Los Estados con pretensiones territoriales esgrimen teorías distintas, por medio de las cuales justifican su presencia en el Polo Sur. Chile sustenta su “vocación antártica” en torno a antecedentes históricos, jurídicos, geográficos y administrativos de inigualable solidez. Ellos dan nacimiento a nuestro Territorio Chileno Antártico.
El Tratado Antártico por su parte, que fue suscrito en el año 1959 y que entró en vigencia el año 1961, deja en status quo la reivindicación territorial reclamada hasta esa fecha por la República de Chile, y además la de Argentina, Australia, Francia, Noruega, Nueva Zelandia y el Reino Unido, con la finalidad de establecer un régimen de cooperación internacional de investigación científica en la Antártica y asegurar su uso pacífico.El conjunto de instrumentos jurídicos internacionales que han nacido al amparo del Tratado, unidos a los Acuerdos de las Reuniones Anuales y Especiales (Resoluciones, Recomendaciones, etc.), han originado el denominado “Sistema Antártico”. Por su parte, la aplicación práctica por más de cuarenta años de dicho Sistema, ha consolidado las bases de una “conciencia de internacionalización” del continente antártico, la que ha sido impulsada por varios países, lo que resulta muy atractivo para la gran mayoría de ellos, pues de otra forma no tendrían acceso al continente blanco. Sin embargo esta idea de internacionalización se manifiesta abiertamente contraria a las pretensiones territoriales antárticas, algunas legítimas como la nuestra, y que se encuentran resguardas en el Tratado Antártico en su artículo IV.
Por otra parte no se puede desconocer que, en la medida que crece la población mundial en forma casi geométrica, los intereses estratégicos y sobre todo los económicos que despiertan los recursos vivos y la potencialidad de los recursos mineros en el futuro, han incentivado e incentivarán acciones clandestinas de extracción y explotación por parte de ambiciosos negociantes y contrabandistas que escudándose en el confuso e ingenuo marco jurídico-territorial antártico, han actuado y actuaran impunemente violando los objetivos trazados por dicho Tratado y a los cuales adhiere Chile. Esta falta de claridad jurisdiccional se vuelve cada vez más crítica, sobre todo con el aumento de residentes y visitantes, quienes se encuentran en una situación de desamparo jurídico frente a la ocurrencia de hechos o actos de naturaleza jurídica que involucre sus intereses y que acaezcan en dicho continente austral.
Todas estas circunstancias demuestran las serias debilidades del Sistema Antártico y es por ello que la hipótesis de la presente memoria de prueba, consiste en proponer el fortalecimiento del mismo, por medio de un nuevo referente jurídico-territorial que asegure, por una parte, una jurisdicción efectiva en la protección de tales fines y, por otra, que concilie las reivindicaciones territoriales particulares con la internacionalización de dicho territorio en favor de toda la humanidad, otorgando estabilidad definitiva y permanente a los intereses de unos y otros. Importante es indicar que en virtud del artículo XII, número 2, letra a) del Tratado Antártico, cualquiera de los Estados Contratantes podría citar a una Conferencia con la finalidad de revisar el sistema antártico actual, lo que constituye en sí una vía jurídica por medio de la cual se abre la posibilidad para que en cualquier momento pueda discutirse, por ejemplo, acerca del establecimiento de un nuevo régimen jurídico-territorial.
Finalmente cabe señalar que la presente memoria de prueba, además de pretender formular una propuesta en torno a la problemática antártica, persigue igualmente azuzar la pasividad de los “espíritus”, con la decidida intención de quebrantar la nefasta inercia y así generar la inquietud y el debate entorno a este candente tema, no obstante se trate de la “gélida” y ya no tan distante Antártica.
Description
Memoria de prueba para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
Keywords
Geopolítica, Sistema antártico, Derecho internacional